Condiciones generales
Artículo 1 – Definiciones
En estas condiciones se entenderá por:
Plazo de reflexión: el período en el que el consumidor puede ejercer su
derecho de desistimiento;
Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o
empresa y celebra un contrato a distancia con el empresario;
Día: día calendario;
Transacción de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de
productos y/o servicios cuya obligación de entrega y/o recepción esté
distribuida en el tiempo;
Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o empresario
almacenar información dirigida personalmente a él de manera que
permita su consulta futura y reproducción inalterada de la información almacenada.
Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de desistir del
contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a
distancia a los consumidores;
Contrato a distancia: un contrato celebrado, en el marco de un sistema
organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o
servicios, mediante el uso exclusivo de una o más técnicas de comunicación
a distancia hasta la celebración del contrato;
Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para
celebrar un contrato sin que el consumidor y el empresario se
encuentren simultáneamente en el mismo lugar.
Condiciones Generales: las presentes condiciones generales del
empresario.
Artículo 2 – Aplicabilidad
Estas condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado, así como a los pedidos entre el empresario y el consumidor.
Antes de que se celebre el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si esto no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, que las condiciones generales pueden consultarse en el establecimiento del empresario y que, a petición del consumidor, se enviarán lo antes posible y de forma gratuita.
Si el contrato a distancia se celebra por medios electrónicos, y en desviación de lo anterior, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por medios electrónicos antes de la celebración del contrato a distancia, de tal manera que el consumidor pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si esto no fuera razonablemente posible, se indicará, antes de la celebración del contrato a distancia, dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que se enviarán de forma gratuita, por vía electrónica o de otro modo, a petición del consumidor.
En caso de que, además de estas condiciones generales, se apliquen condiciones específicas de producto o de servicio, serán igualmente aplicables los párrafos segundo y tercero, y, en caso de contradicción entre condiciones generales, el consumidor podrá invocar siempre la disposición que le sea más favorable.
Si en algún momento una o más disposiciones de estas condiciones generales fueran total o parcialmente nulas o anuladas, el contrato y estas condiciones permanecerán vigentes por lo demás, y la disposición afectada será sustituida de mutuo acuerdo, sin demora, por una disposición cuyo propósito se aproxime lo más posible al de la disposición original.
Las situaciones no contempladas en estas condiciones generales deberán evaluarse «conforme al espíritu» de estas condiciones generales.
Las ambigüedades sobre la interpretación o el contenido de una o más disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse «conforme al espíritu» de estas condiciones generales.
Artículo 3 – La oferta
Si una oferta tiene una duración de validez limitada o se realiza bajo condiciones, esto se indicará expresamente en la oferta.
La oferta no es vinculante. El empresario tiene derecho a modificar y ajustar la oferta.
La oferta contiene una descripción completa y exacta de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada para que el consumidor pueda valorar correctamente la oferta. Cuando el empresario utilice imágenes, estas serán una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Errores o equivocaciones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
Todas las imágenes, especificaciones y datos incluidos en la oferta son orientativos y no pueden dar lugar a indemnización ni a resolución del contrato.
Las imágenes de los productos son una representación veraz de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
Cada oferta contiene la información suficiente para que el consumidor tenga claro cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. En particular, incluye:
el precio, con excepción de los gastos de despacho de aduanas y el IVA de importación.
Estos costes adicionales correrán por cuenta y riesgo del cliente.
El servicio postal y/o de mensajería aplicará, en relación con la importación, el régimen especial para servicios postales o de mensajería.
Este régimen se aplica cuando los bienes se importan en el país de destino de la UE, lo que en el presente caso también ocurre.
El servicio postal o de mensajería cobrará el IVA (posiblemente junto con los gastos de despacho de aduanas facturados) al destinatario de los bienes;
los posibles costes de envío;
la forma en que se celebrará el contrato y las acciones necesarias para ello;
la aplicación o no del derecho de desistimiento;
la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
el plazo para la aceptación de la oferta, o el plazo dentro del cual el empresario garantiza el precio;
la cuantía de la tarifa por comunicación a distancia si los costes del uso de la técnica de comunicación a distancia se calculan sobre una base diferente de la tarifa básica habitual del medio de comunicación utilizado;
si el contrato se archivará después de su celebración y, en caso afirmativo, de qué manera el consumidor podrá consultarlo;
la manera en que el consumidor puede comprobar y corregir los datos que haya facilitado antes de la celebración del contrato;
los demás idiomas además del neerlandés en los que puede celebrarse el contrato;
los códigos de conducta a los que el empresario se ha sometido y la forma en que el consumidor puede consultarlos electrónicamente; y
la duración mínima del contrato a distancia en caso de una transacción de duración.
Opcional: tallas, colores, tipos de materiales disponibles.
Artículo 4 – El contrato
El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento en que el consumidor acepta la oferta y cumple las condiciones establecidas.
Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora, por la misma vía electrónica, la recepción de dicha aceptación. Mientras el empresario no haya confirmado la recepción, el consumidor podrá rescindir el contrato.
Cuando el contrato se celebre electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.
El empresario podrá, dentro de los límites legales, verificar si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como todos aquellos hechos y factores relevantes para la celebración responsable de un contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará legitimado para rechazar —debidamente motivado— un pedido o solicitud, o para supeditar su ejecución a condiciones especiales.
El empresario proporcionará al consumidor, junto con el producto o servicio y por escrito, o de manera que el consumidor pueda almacenarlo de forma accesible en un soporte duradero, la siguiente información:
1. la dirección física del establecimiento del empresario en la que el consumidor pueda presentar reclamaciones;
2. las condiciones y el procedimiento para ejercer el derecho de desistimiento, o una indicación clara de la exclusión de dicho derecho;
3. información sobre las garantías y los servicios posventa existentes;
4. los datos contemplados en el apartado 3 de este artículo, salvo que el empresario ya los haya facilitado al consumidor antes de la ejecución del contrato;
5. los requisitos para la rescisión del contrato si este tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
En el caso de una transacción de duración, la obligación prevista en el párrafo anterior solo se aplica a la primera entrega.
Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de la disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.
Artículo 5 – Derecho de desistimiento
En la compra de productos, el consumidor dispone de la posibilidad de rescindir el contrato sin indicar motivo alguno durante un plazo de 14 días. Este periodo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por parte del consumidor o de un representante previamente designado por el consumidor e informado al empresario.
Durante el periodo de reflexión, el consumidor tratará el producto y su embalaje con cuidado. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para determinar si desea quedárselo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto, con todos los accesorios suministrados y —si fuese razonablemente posible— en su estado y embalaje originales, al empresario, de conformidad con las instrucciones razonables y claras proporcionadas por este.
Cuando el consumidor desee hacer uso de su derecho de desistimiento, deberá comunicarlo al empresario dentro de los 14 días siguientes a la recepción del producto, mediante un mensaje escrito/correo electrónico. Después de haber manifestado su intención de desistir, el consumidor deberá devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor deberá demostrar que los bienes han sido devueltos a tiempo, por ejemplo mediante un justificante de envío.
Si, tras la expiración de los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha notificado su intención de ejercer el derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra se considera definitiva.
Artículo 6 – Costes en caso de desistimiento
Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los gastos de devolución de los productos correrán a cargo del consumidor.
Si el consumidor ya ha efectuado algún pago, el empresario reembolsará dicho importe lo antes posible y, en todo caso, dentro de los 14 días siguientes al desistimiento, siempre que el producto haya sido recibido de vuelta por la tienda en línea o se haya presentado una prueba concluyente de la devolución completa.
Artículo 7 – Exclusión del derecho de desistimiento
El empresario puede excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo es válida si el empresario lo indica claramente en la oferta, o al menos lo comunica al consumidor de forma oportuna antes de la celebración del contrato.
La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
1. que hayan sido confeccionados por el empresario conforme a especificaciones del consumidor;
2. que sean claramente de carácter personal;
3. que, por su naturaleza, no puedan devolverse;
4. que puedan deteriorarse o caducar con rapidez;
5. cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero que escapan al control del empresario;
6. ejemplares sueltos de periódicos y revistas;
7. grabaciones de audio o vídeo y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;
8. productos de higiene cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para servicios:
1. relativos a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que deban prestarse en una fecha o durante un periodo determinados;
2. cuya ejecución haya comenzado, con consentimiento expreso del consumidor, antes de que finalice el plazo de reflexión;
3. relativos a apuestas y loterías.
Artículo 8 – El precio
Durante el período de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo cambios de precio resultantes de modificaciones en los tipos del IVA.
En desviación de lo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones en el mercado financiero —sobre las cuales el empresario no tiene influencia— a precios variables. Esta vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios indicados puedan ser precios orientativos se mencionarán en la oferta.
Los aumentos de precio dentro de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias.
Los aumentos de precio a partir de los 3 meses posteriores a la celebración del contrato solo están permitidos si el empresario lo ha estipulado y:
1. estos son consecuencia de disposiciones legales o reglamentarias; o
2. el consumidor tiene la facultad de rescindir el contrato a partir del día en que entre en vigor el aumento de precio.
El lugar de entrega se determina, en virtud del artículo 5, apartado 1, de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido de 1968, en el país donde comienza el transporte. En el presente caso, dicha entrega se realiza fuera de la UE. En consecuencia, el servicio postal o de mensajería cobrará al destinatario del envío el IVA de importación y/o los derechos de despacho de aduanas. Por tanto, el empresario no repercutirá IVA alguno.
Todos los precios están sujetos a errores tipográficos o de impresión. El empresario no acepta responsabilidad por las consecuencias de dichos errores; en caso de errores tipográficos o de impresión, el empresario no está obligado a suministrar el producto al precio incorrecto.
Artículo 9 – Conformidad y garantía
El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen el contrato, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de calidad y/o utilidad y las disposiciones legales y/o reglamentarias vigentes en la fecha de celebración del contrato. Cuando así se haya pactado, el empresario garantiza asimismo que el producto es apto para un uso distinto del normal.
Una garantía otorgada por el empresario, el fabricante o el importador no afecta a los derechos legales y las reclamaciones que el consumidor pueda hacer valer frente al empresario en virtud del contrato.
Los posibles defectos o productos entregados incorrectamente deberán notificarse por escrito al empresario dentro de los 14 días posteriores a la entrega. La devolución de los productos deberá realizarse en su embalaje original y en estado nuevo.
El plazo de garantía del empresario coincide con el plazo de garantía del fabricante. Sin embargo, el empresario nunca será responsable de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual por parte del consumidor, ni de los posibles consejos sobre el uso o la aplicación de los productos.
La garantía no será válida si:
el consumidor ha reparado y/o manipulado los productos entregados por su cuenta o ha encargado su reparación y/o manipulación a terceros;
los productos entregados se han expuesto a condiciones anormales, se han tratado de forma negligente o se han manejado en contra de las instrucciones del empresario y/o de lo indicado en el embalaje;
la falta de conformidad es total o parcialmente consecuencia de disposiciones que la autoridad haya establecido o establezca respecto a la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.
Artículo 10 – Entrega y ejecución
El empresario ejercerá la mayor diligencia posible al recibir y ejecutar los pedidos de productos.
Como lugar de entrega se considerará la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.
Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 4 de estas condiciones generales, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida prontitud y, en todo caso, en un plazo máximo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega sufre retraso o si un pedido no puede ejecutarse, o solo parcialmente, el consumidor recibirá notificación de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin coste alguno y a reclamar, en su caso, una indemnización.
En caso de rescisión conforme al párrafo anterior, el empresario reembolsará el importe abonado por el consumidor lo antes posible y, en todo caso, en un plazo máximo de 14 días tras la rescisión.
Si la entrega de un producto pedido resulta imposible, el empresario se esforzará por poner a disposición un artículo sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega se indicará, de forma clara y comprensible, que se entrega un artículo sustitutivo. Para los artículos sustitutivos no puede excluirse el derecho de desistimiento. Los gastos de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.
El riesgo de daño y/o pérdida de los productos corresponde al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado por el consumidor e indicado al empresario, salvo acuerdo expreso en contrario.
Artículo 11 – Transacciones de duración: duración, rescisión y prórroga
Rescisión
El consumidor puede rescindir, en cualquier momento, un contrato celebrado por tiempo indefinido que contemple la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, observando las normas de rescisión acordadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
El consumidor puede rescindir, en cualquier momento, un contrato celebrado por tiempo determinado que contemple la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios, al final del plazo acordado, observando las normas de rescisión pactadas y con un plazo de preaviso máximo de un mes.
El consumidor podrá, en los contratos mencionados en los apartados anteriores:
rescindirlos en todo momento, sin limitarse a un momento o periodo concreto;
rescindirlos, al menos, por el mismo medio en que los haya celebrado;
rescindirlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario haya estipulado para sí mismo.
Prórroga
Un contrato celebrado por tiempo determinado que contemple la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o servicios no puede prorrogarse o renovarse tácitamente por un periodo determinado.
En desviación de lo anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que contemple la entrega periódica de diarios, periódicos y revistas sí puede prorrogarse tácitamente por un periodo máximo de tres meses, siempre que el consumidor pueda rescindir el contrato prorrogado al final de la prórroga con un plazo de preaviso máximo de un mes.
Un contrato celebrado por tiempo determinado que contemple la entrega periódica de productos o servicios solo puede prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede rescindirlo en todo momento con un plazo de preaviso máximo de un mes, o de tres meses cuando el contrato prevea la entrega de diarios, periódicos y revistas con una frecuencia inferior a una vez al mes.
Un contrato de duración limitada destinado a la entrega introductoria periódica de diarios, periódicos y revistas (suscripción de prueba o de introducción) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente tras el periodo de prueba o de introducción.
Duración
Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindirlo, transcurrido un año, en cualquier momento con un plazo de preaviso máximo de un mes, salvo que la equidad y la razón se opongan a la rescisión antes del final de la duración pactada.
Artículo 12 – Pago
Salvo que se haya acordado otra cosa, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán pagarse dentro de los 7 días hábiles posteriores al inicio del periodo de reflexión contemplado en el artículo 6, apartado 1. En el caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará después de que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
El consumidor está obligado a comunicar sin demora al empresario cualquier inexactitud en los datos de pago facilitados o indicados.
En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá derecho, con sujeción a las limitaciones legales, a cargar al consumidor los costes razonables que se le hayan comunicado con antelación.
Artículo 13 – Procedimiento de reclamaciones
Las reclamaciones relativas a la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario, completa y claramente descritas, en un plazo de 7 días después de que el consumidor haya detectado los defectos.
Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días a partir de la fecha de recepción. Si una reclamación requiere un tiempo de tramitación previsiblemente más largo, el empresario enviará al consumidor, dentro del plazo de 14 días, un acuse de recibo con una indicación del momento en que el consumidor puede esperar una respuesta más detallada.
Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá un litigio susceptible de someterse al procedimiento de resolución de conflictos.
Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, a menos que este indique lo contrario por escrito.
Si el empresario considera fundada la reclamación, procederá —a su elección— a sustituir o reparar gratuitamente los productos entregados.
Artículo 14 – Litigios
Los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se aplican estas condiciones generales se rigen exclusivamente por el Derecho neerlandés, incluso cuando el consumidor resida en el extranjero.
Artículo 15 – CESOP
Debido a las medidas que se introducen y refuerzan a partir de 2024 en relación con la “Ley de modificación de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido de 1968 (ley de transposición de la Directiva sobre servicios de pago)” y, por consiguiente, la implantación del sistema electrónico central para la información de pagos (CESOP), los proveedores de servicios de pago pueden registrar datos en el sistema europeo CESOP.
Artículo 16 – Identidad del empresario
Nombre comercial: Handelsonderneming Oonk
Dirección: Wooldstraat 6, 7101 NP Winterswijk, Países Bajos
Support@masora-madrid.com
Número KvK: 95793992
Número de identificación a efectos del IVA: NL005174688B06